El artículo “Construcción de directrices para guiar acciones institucionales en casos de violencia de género en la Universidad”, aborda un asunto de creciente visibilidad y relevancia para las universidades latinoamericanas.
Desde hace décadas, el problema de la violencia de género -en sus diversas manifestaciones y ámbitos de expresión- ha sido visibilizado por el movimiento feminista como un problema social y de derechos humanos, que afecta la salud, la dignidad y la vida de las mujeres. Ello ha permitido, no sin controversias y disputas, su inclusión en las agendas de política pública y de investigación científica. Si bien se constatan avances en el diseño e implementación de políticas públicas (tanto a nivel legal como programático) en la mayoría de los países de la región, se observa un importante déficit de información (encuestas, datos administrativos y estudios sistemáticos) sobre la violencia de género fuera del ámbito privado familiar, conyugal y/o doméstico, lo cual no contribuye a mirar el fenómeno en toda su magnitud y características11. Comisión Económica para América Latina y el Caribe. Estudio de la información sobre la violencia contra la mujer en América Latina y el Caribe. Santiago: CEPAL; 2010. (Serie Mujer y desarrollo No 99). .
En este sentido, el artículo se focaliza en un problema, que podríamos denominar “emergente” en América Latina y El Caribe: la violencia contra las mujeres en el ámbito universitario. Si bien se centra en una experiencia en Brasil, sus aportes trascienden el caso concreto para aportar a la reflexión y tratamiento de este problema más allá de fronteras.
El problema de la violencia contra las mujeres en las instituciones de educación superior no es un tema reciente, sin embargo, sí es importante consignar que en los últimos años se registra crecientemente denuncias en distintas universidades de la región, a cargo de estudiantes, docentes e investigadoras, que durante años silenciaron sus experiencias de violencia por temor a las consecuencias académicasbbRecientemente, en un número importante de universidades de países de la región se ha denunciado públicamente situaciones de violencia de género por parte de estudiantes y docentes. A modo de ilustración se puede señalar la denuncia realizada por estudiantes del Campus León de la Universidad de Guanajuato en México en 2018. .
Desde hace varios años, se iniciaron investigaciones sobre este problema en universidades de Estados Unidos, Canadá y España22. Valls R, Oliver E, Sanchez M, Ruiz L, Mlegar P. Violencia de género también en las universidades? Investigaciones al respecto. Rev Investig Educ. 2007; 25(1):210-31. , constatándose que la violencia de género es un fenómeno presente en la vida cotidiana de las instituciones y que expone a las mujeres - estudiantes y docentes - a distintas formas de acoso sexual y laboral. A nivel regional, la investigación es más novedosa, con estudios en distintas universidades, como por ejemplo en Colombia33. Moreno-Cubillos CL, Osorio-Gómez LS, Sepúlveda-Gallego LE. Violencia sexual contra las estudiantes de la Universidad de Caldas (Colombia): estudio de corte transversal. Rev Colomb Obstet Ginecol. 2016; 58(2):116-23. , 44. Castaño-Castrillón JJ, González EK, Guzmán JA, Montoya JS, Murillo JM, Páez-Cala ML, et al. Acoso sexual en la comunidad estudiantil de la universidad de Manizales (Colombia) 2008. Estudio de corte transversal. Rev Colomb Obstet Ginecol. 2010; 61(1):18-27. , en Uruguay55. Espasandin V, López A. Acoso sexual en el ámbito educativo y laboral. Aportes hacia una propuesta de intervención. Montevideo: Universidad de la República; 2018. o en México66. Casillas M, Dorantes J, Ortiz V. Estudios sobre la violencia de género en la universidad. Veracruz: Biblioteca Digital de Humanidades, Universidad Veracruzana; 2017. , 77. Echeverría R, Paredes L, Diódora M, Batún JL, Carrillo C. Acoso y hostigamiento sexual en estudiantes universitarios. Un acercamiento cuantitativo. Ensen Investig Psicol. 2017; 22(1):15-26. , por mencionar sólo algunas de las más recientes publicaciones. De todas formas, no se dispone de revisiones sistemáticas publicadas sobre este problema así como tampoco de sistemas de información que permitan estimar su magnitud.
Los estudios consultados coinciden en que la universidad, lejos de estar vacunada contra la violencia de género, es un ámbito donde ésta se expresa, se produce y se reproduce así como sucede en otros ámbitos sociales. Ello reafirma la perspectiva de que la violencia de género es un fenómeno estructural, que afecta a todos los sectores sociales independientemente de la condición socioeconómica o educativa. Al decir de Roberto Castro88. Castro R. Problemas conceptuales en el estudio de la violencia de género. Controversias y debates a tomar en cuenta. In: Tavira NB, Bautista GV, coordenadores. Violencia, género y la persistencia de la desigualdad en el Estado de México. Buenos Aires: Mnemosyne; 2012.:
Hablamos de violencia estructural hacia las mujeres justamente porque todo el orden social está orientado para operar oprimiendo a las mujeres y reproduciendo regularmente esta opresión. El carácter estructural de esta violencia se asocia estrechamente a su carácter sistémico: no sólo las condiciones materiales de vida resultan desventajosas para las mujeres. Lo son también la ideología, las normas, las tradiciones, el lenguaje, la religión, la ciencia, la filosofía, el sentido común, el sentido del humor, el erotismo y todas las formas de pensamiento, conocimiento y expresión que privan en una sociedad así. Hablamos entonces de violencia estructural hacia las mujeres porque en todos y cada uno de los ámbitos de la sociedad se ejerce y se reproduce la dominación sobre ellas y porque el origen de las diversas formas concretas de violencia (física, sexual, emocional y patrimonial) contra ellas se pueden rastrear hasta este nivel de realidad99. Castro R. Problemas conceptuales en el estudio de la violencia de género. Controversias y debates a tomar en cuenta. In: Tavira NB, Bautista GV. Violencia, género y la persistencia de la desigualdad en el Estado de México. Buenos Aires: Mnemosyne; 2012. . En otras palabras, la noción de violencia estructural hace referencia a un principio fundante, a una lógica que produce y reproduce la violencia, y que es constitutivo de la propia estructura social1010. Risman B. Gender as a social structure. Theory wrestling with activism. Gend Soc. 2004; 4(18):429-50. . (p. 19)
Una vez constatado el problema de la violencia contra las mujeres en la universidad, hay algunas cuestiones que son necesarias abordar con urgencia.
Por un lado, es necesario construir y desarrollar una agenda de investigación y un sistema de información que permita documentar las características del problema, sus manifestaciones, los factores asociados, así como estudiar los efectos para las mujeres directamente afectadas en términos de su desempeño académico y laboral, de su salud y su bienestar. Los estudios disponibles parecen coincidir en que el acoso y el hostigamiento sexual es una práctica violenta que se produce en la relación docente-alumna y entre docentes. El acoso sexual es definido como todo comportamiento de naturaleza sexual, no consentido por la persona a la que va dirigido y cuyo rechazo provoque o pueda provocar un perjuicio en su situación laboral, escolar o en la relación educativa. Los casos reportados en la literatura latinoamericana señalan que el acoso sexual se manifiesta en diversas formas en la vida universitaria, desde expresiones verbales con contenido sexual (y sexista) a la violación. Se trata de una forma específica de violencia de género con severas consecuencias en el clima laboral y de estudio, que provoca ausentismo laboral, bajo rendimiento escolar y desvinculación educativa, entre otros efectos44. Castaño-Castrillón JJ, González EK, Guzmán JA, Montoya JS, Murillo JM, Páez-Cala ML, et al. Acoso sexual en la comunidad estudiantil de la universidad de Manizales (Colombia) 2008. Estudio de corte transversal. Rev Colomb Obstet Ginecol. 2010; 61(1):18-27. . Asimismo, se señala que en varias ocasiones las situaciones de acoso sexual no son percibidas o consideradas como tales por las propias mujeres que las padecen, lo cual abona a otras de situaciones de mayor gravedad. Es lo que se ha denominado el “gap perceptivo”, el cual alude al espacio de funcionamiento psicológico en el cual se percibe cualquier situación o vivencia sin inscribirla como experiencia de posible riesgo1111. Galeotti R. Acoso sexual en ámbito laboral y educativo: aportes psicosociales para su detección y abordaje. In: Espasandin V, López A, coordenador. Acoso sexual en el ámbito educativo y laboral. Aportes hacia una propuesta de intervención. Montevideo: Universidad de la República; 2018. . Esta dimensión debe tomarse en cuenta en el diseño de estrategias de abordaje institucional.
En concordancia con lo anterior, es relevante generar mecanismos institucionales claros para su adecuada prevención y atención integral. Si bien Brasil -así como la amplia mayoría de los países de la región- dispone de marcos normativos y programáticos para la erradicación, prevención y atención integral de la violencia de género contra las mujeres, estos no necesariamente han sido adoptados por las universidades para su instrumentación efectiva en la vida institucional. Algunos paísesccPor ejemplo, Uruguay cuenta con la Ley No.18.561, de acoso sexual , normas para su prevención y sanción en el ámbito laboral y en la relación docente-alumno, del 11 de setiembre de 2009 y su decreto reglamentario n. 256/2017. cuentan adicionalmente con leyes para la prevención y atención del acoso sexual en el ámbito laboral y educativo.
Uno de los retos que enfrentan las universidades latinoamericanas es diseñar e implementar estrategias institucionales acordes a los marcos nacionales e internacionales basados en el respeto por los derechos humanos de las mujeres y por la promoción de sociedades libres de violencia de género. Las universidades deberían liderar estos procesos. Sin embargo, parecen estar aún lejos de ese protagonismo.
A pesar de ese rezago, en años recientes se observan movimientos importantes en varias universidades de la región que han impulsado la adopción de protocolos de actuación. En este sentido, se observan experiencias en universidades en Chile, en Argentina, en Uruguay, en México. A ellas debe sumarse el caso de la Universidad de Sao Pablo en Brasil. Ello alienta nuevos horizontes. Pero, también importa señalar que estas experiencias deberían ser documentadas, monitoreadas y evaluadas en su implementación, de modo de compartir sus fortalezas y debilidades, transferir las lecciones aprendidas y ponerlas a disposición de los demos universitario regional.
Como señalan las autoras del artículo, es necesario que las instituciones de educación superior desarrollen mecanismos eficaces. Ello implica definir una política institucional en base a una clara voluntad política contra la violencia de género, elaborar diagnósticos institucionales que permitan mapear el problema, definir un plan de acción con participación de docentes y estudiantes en su elaboración, establecer mecanismos protegidos de denuncia e investigación de los casos, sistemas de información, monitoreo y evaluación y disponer de los recursos humanos con adecuada formación y de la infraestructura necesaria para atender esta tarea con los cuidados y requerimientos que implica.
Una universidad libre de violencia de género es posible, sí y sólo sí, asumimos que somos parte del problema y que para su transformación debemos ser parte de la solución.
Referencias
- 1Comisión Económica para América Latina y el Caribe. Estudio de la información sobre la violencia contra la mujer en América Latina y el Caribe. Santiago: CEPAL; 2010. (Serie Mujer y desarrollo No 99).
- 2Valls R, Oliver E, Sanchez M, Ruiz L, Mlegar P. Violencia de género también en las universidades? Investigaciones al respecto. Rev Investig Educ. 2007; 25(1):210-31.
- 3Moreno-Cubillos CL, Osorio-Gómez LS, Sepúlveda-Gallego LE. Violencia sexual contra las estudiantes de la Universidad de Caldas (Colombia): estudio de corte transversal. Rev Colomb Obstet Ginecol. 2016; 58(2):116-23.
- 4Castaño-Castrillón JJ, González EK, Guzmán JA, Montoya JS, Murillo JM, Páez-Cala ML, et al. Acoso sexual en la comunidad estudiantil de la universidad de Manizales (Colombia) 2008. Estudio de corte transversal. Rev Colomb Obstet Ginecol. 2010; 61(1):18-27.
- 5Espasandin V, López A. Acoso sexual en el ámbito educativo y laboral. Aportes hacia una propuesta de intervención. Montevideo: Universidad de la República; 2018.
- 6Casillas M, Dorantes J, Ortiz V. Estudios sobre la violencia de género en la universidad. Veracruz: Biblioteca Digital de Humanidades, Universidad Veracruzana; 2017.
- 7Echeverría R, Paredes L, Diódora M, Batún JL, Carrillo C. Acoso y hostigamiento sexual en estudiantes universitarios. Un acercamiento cuantitativo. Ensen Investig Psicol. 2017; 22(1):15-26.
- 8Castro R. Problemas conceptuales en el estudio de la violencia de género. Controversias y debates a tomar en cuenta. In: Tavira NB, Bautista GV, coordenadores. Violencia, género y la persistencia de la desigualdad en el Estado de México. Buenos Aires: Mnemosyne; 2012.
- 9Castro R. Problemas conceptuales en el estudio de la violencia de género. Controversias y debates a tomar en cuenta. In: Tavira NB, Bautista GV. Violencia, género y la persistencia de la desigualdad en el Estado de México. Buenos Aires: Mnemosyne; 2012.
- 10Risman B. Gender as a social structure. Theory wrestling with activism. Gend Soc. 2004; 4(18):429-50.
- 11Galeotti R. Acoso sexual en ámbito laboral y educativo: aportes psicosociales para su detección y abordaje. In: Espasandin V, López A, coordenador. Acoso sexual en el ámbito educativo y laboral. Aportes hacia una propuesta de intervención. Montevideo: Universidad de la República; 2018.
- bRecientemente, en un número importante de universidades de países de la región se ha denunciado públicamente situaciones de violencia de género por parte de estudiantes y docentes. A modo de ilustración se puede señalar la denuncia realizada por estudiantes del Campus León de la Universidad de Guanajuato en México en 2018.
- cPor ejemplo, Uruguay cuenta con la Ley No.18.561, de acoso sexual , normas para su prevención y sanción en el ámbito laboral y en la relación docente-alumno, del 11 de setiembre de 2009 y su decreto reglamentario n. 256/2017.
Fechas de Publicación
- Publicación en esta colección
14 Nov 2019 - Fecha del número
2019
Histórico
- Recibido
03 Set 2019 - Acepto
05 Set 2019